viernes, 6 de enero de 2012

DOS ASAMBLEISTAS REGIONALES EN LA MIRA DEL CIVISMO POR UN POLEMICO ESTATUTO




La “Propuesta Básica” de estatuto regional en el Gran Chaco tarijeño ha generado las primeras escaramuzas entre la sociedad civil organizada y la Asamblea Regional. La Sede, los asambleístas por población, y el triple fraccionamiento de la renta petrolera del futuro Gobierno Regional Autónomo del Gran Chaco, tensionan las relaciones civiles – institucionales chaqueñas.

Raúl Mansilla Gallardo, Presidente Asamblea Regional
La demora de 17 meses en la presentación de un borrador de Estatuto regional que le ha costado aproximadamente 10 millones de Bolivianos a la Asamblea Regional del Gran Chaco, han sido los factores que avivaron las llamas de un fuego “autonómico regional” hasta el momento casi extinguido por la inercia institucional y la frustración popular.
El 21 de octubre de 2011, en un acto pomposo y mediático realizado en el Auditorio Municipal con presencia de autoridades y funcionarios públicos, la Asamblea Regional del Gran Chaco presentó su “Propuesta Básica” de estatuto, dos días después de que se suspendiera un Cabildo en Yacuiba cuyo objeto era protestar contra tal documento cuestionado por falta de legitimidad y por atentar contra los derechos de Yacuiba. (1)
Las tensiones se hicieron evidentes cuando la “Propuesta Básica” se escurrió extraoficialmente de las manos de la Asamblea Regional y casi un mes antes de su presentación oficial, andaba en boca de instituciones cívicas y líderes de opinión que lograron en cierta medida, la incorporación de algunas correcciones en la Asamblea.
Otro efervescente de la crisis, fue la presentación de la “Propuesta Básica” en la ciudad de Tarija, una semana antes de la oficial presentación en Yacuiba. El presidente de la Asamblea Regional, Raúl Armando Mansilla Gallardo, en conferencia de prensa efectuada en la capital chapaca, dio a conocer el documento chaqueño provocando una airada reacción inmediata en la sociedad civil organizada y medios de comunicación de Yacuiba, Villamontes y Caraparí.

CUESTIONAMIENTOS CÍVICOS

Según el manifiesto cívico previo a la presentación oficial del borrador de estatuto regional (2), los artículos 4, 26 y 38 vulneran derechos naturales y adquiridos históricamente por Yacuiba en lo concerniente a capitalía y sede. Las instituciones y organizaciones cívicas cuestionan que Yacuiba sea considerada como “capital honorífica y simbólica” y se separen los Órganos Ejecutivo y Deliberante para instalar la sede del primero en Caraparí, y del segundo en Villamontes. (3)
Otro cuestionamiento del Comité Cívico yacuibeño presidido por el abogado Ruddy Javier Pantaleón Saravia, es el referido a la representación política por población que debería tener Yacuiba en la Asamblea Regional. En referencia a los artículos 19, I y 46, II del borrador de estatuto (4), la sociedad civil chaqueña critica la inobservancia del artículo 282, I de la Constitución Política que establece que “los miembros de la Asamblea Regional serán elegidos…de acuerdo a criterios poblacionales y territoriales”.
Los referidos artículos del borrador de estatuto, asignan igualitariamente dos escaños por territorio a Yacuiba, Villamontes y Caraparí, y uno para cada pueblo indígena (weennayek, tapiete y guaraní), conformando una Asamblea Regional de nueve asambleístas tal cual está hoy constituida de manera provisional.
El tercer cuestionamiento incumbe a toda la Región del Gran Chaco, puesto que la renta petrolera chaqueña (45% del 11% departamental) se fracciona en tres. Desde el punto de vista cívico, este descuartizamiento de recursos resta fuerza y poder a la inversión pública regional en “proyectos de gran envergadura y de alto impacto social y económico” (5).
La sociedad civil organizada chaqueña fundamenta que el artículo 64 del borrador de estatuto (6) contradice el objeto legal (LMAD art. 19) de “optimizar la planificación y la gestión pública para el desarrollo integral”, además de generar desigualdad en la distribución de los recursos considerando que las poblaciones menores (Caraparí y Villamontes) recibirían la misma cantidad de recursos que la población mayor (Yacuiba).
La polémica generada por organizaciones e instituciones gira en torno a invertir los recursos regionales de manera regional (megaproyectos) o de manera seccional/sectorial. Hasta el momento, la Asamblea Regional ha optado por fraccionar los recursos y la inversión pública pese al negativo precedente de 10 años en las tres secciones provinciales del Gran Chaco.

PEDIDO DE RENUNCIA

Asambleísta José Luis García
A raíz de la crisis y los antecedentes descritos, un Cabildo del 17 de noviembre de 2011 en Yacuiba, derivó en el pedido de renuncia de los asambleístas regionales por Yacuiba, José Luis Martín García Vargas (ex presidente de la Asamblea) y Raúl Armando Mansilla Gallardo (actual presidente).
Los varios discursos de los oradores cívicos del cabildo y las arengas de los asistentes calificaron de “traidores” a los asambleístas García y Mansilla, quienes no asistieron al acto y fueron blanco de todas las críticas. La Resolución del Cabildo expresan su repudio y rechazo a los asambleístas yacuibeños por aprobar el proyecto de estatuto a espaldas del pueblo (7).
“Condenamos y censuramos de forma pública la actitud negativa de los asambleístas García y Mansilla en relación a los derechos e intereses de Yacuiba, que en caso de no reconducir su accionar, deberán presentar su RENUNCIA bajo alternativa de plantear la REVOCATORIA de su mandato”. (8)
A dos meses del Cabildo, las tensiones entre sociedad civil organizada chaqueña y Asamblea Regional no cesaron, debido a la no modificación de los artículos cuestionados y la permanente ofensiva mediática de la Asamblea que optó por denigrar a las cabezas visibles del movimiento cívico-popular disidente.

___________________
(1)     “Lo que Yacuiba y el Gran Chaco pierden con el proyecto de estatuto aprobado por la Asamblea Regional”, Manifiesto del Comité Cívico de Yacuiba, 19 de octubre de 2011.
(2)     Idem.
(3)     Propuesta Básica, Artículo 4, parágrafo IV: “La capital de la Región del Gran Chaco Tarijeño es la ciudad de Yacuiba”.
Propuesta Básica, Artículo 26, parágrafo I:La Asamblea Regional del Gran Chaco, establece su Sede principal de funcionamiento en la ciudad de Villamontes”.
Propuesta Básica, Artículo 38: “El Órgano Ejecutivo Regional del Gran Chaco, establece su Sede de funcionamiento en la localidad de Caraparí”.
(4)     Propuesta Básica, Artículo 19, parágrafo I, inciso 1): “Dos asambleístas por cada jurisdicción municipal de Yacuiba, Caraparí y Villamontes, haciendo un total de seis asambleístas”.
Propuesta Básica, Artículo 46, parágrafo II: “Seis escaños elegidos en base al principio de igualdad territorial, distribuidos de la siguiente manera: dos por cada jurisdicción municipal Yacuiba, Caraparí y Villamontes con sus respectivos suplentes, elegidos por sufragio universal, directo y secreto”.
(5)     “Lo que Yacuiba y el Gran Chaco pierden con el proyecto de estatuto aprobado por la Asamblea Regional”, Manifiesto del Comité Cívico de Yacuiba, 19 de octubre de 2011.
(6)     Propuesta Básica, Artículo 64: ”Los recursos económicos del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco serán distribuidos y/o  invertidos igualitariamente en estricto cumplimiento de la Ley Nº 3038, DS Nº 29042, DS Nº 0331, correspondiéndole a Yacuiba 15%, a Caraparí 15% y a Villamontes 15%, garantizando la inclusión y justicia social en la inversión para las naciones y pueblos indígenas Guaraní, Weenayek y Tapiete que conforman la Región”.
(7)     Resolución de Gran Cabildo Abierto, Yacuiba, 17 de noviembre de 2011.
(8)     Idem, artículo QUINTO.


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